19.4.12

Futuro de la Reserva Militar Voluntaria

En los próximos años la figura del RV tendrá que hacer frente a unos retos que sin duda podrá superar con éxito.
La Ley Orgánica 5/2005 de la Defensa Nacional, es el inicio de nuestra Reserva Militar Voluntaria, y analiza el posible escenario real ante un conflicto. Esta Ley Orgánica hace referencia al escenario estratégico, la eficacia de las Fuerzas Armadas, nuestras misiones, la incorporación de los ciudadanos a la Defensa y la promoción de su cultura.
La últimas décadas nos retratan un escenario estratégico que hace desaparecer la política de bloques que protagonizó la guerra fría y emerger la globalización y un nuevo marco en las relaciones internacionales. Junto a las amenazas y riesgos tradicionales para la paz, la estabilidad y la seguridad, han surgido otros como el terrorismo transnacional con disposición y capacidad de infligir daño indiscriminadamente. Para incrementar la eficacia de las FAS, se ha concretado su organización con criterios que posibilitan la acción conjunta de los Ejércitos y la Armada.
Las FAS se consideran como una entidad única e integradora de las distintas formas de acción de sus componentes y posibilitan el empleo óptimo de sus capacidades, sin que aquellos vean mermada su especificidad.
La suspensión del Servicio Militar Obligatorio necesitaba que se proveyese con mayor relevancia el derecho y el deber que los españoles tienen de defender a España, según lo establecido en el artículo 30 de la Constitución, para esto se refuerza y actualiza la posibilidad de incorporación de los ciudadanos, como reservistas, a las FAS
Las FAS contribuyen militarmente a la seguridad y defensa de España y de sus aliados, en el marco de las organizaciones internacionales de las que formamos parte, así como al mantenimiento de la paz, la estabilidad y la ayuda humanitaria. Junto con las instituciones del Estado y las Administraciones públicas, deben preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas.
La incorporación adicional de ciudadanos a la Defensa se apoya en el principio de contribución gradual y proporcionada a la situación de amenaza que sea necesario afrontar. Esta incorporación será necesaria cuando los efectivos de las FAS profesionales y reducidas no sean suficientes.
El Ministerio de Defensa debe promover el desarrollo de la cultura de Defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las FAS salvaguardan los intereses nacionales. Afrontamos amenazas y riesgos transversales, interconectados y transnacionales. Preservar la seguridad requiere coordinación, tanto internacional como interna, y la contribución de la sociedad en su conjunto.
En la doctrina conjunta de las FAS se define la amenaza como la existencia de indicios por los cuales se deduce la posibilidad de que se produzca una acción hostil (agresión) por parte de individuos o grupos. Las amenazas son formas activas y directas de producir daños. El riesgo es la probabilidad de que una amenaza pueda causar pérdidas o daños en términos de operatividad, integridad física de las personas, material o de imagen. Analizar las amenazas y riesgos a nuestra seguridad, identificar líneas de respuesta y definir mecanismos de coordinación son los objetivos centrales de la primera Estrategia Española de Seguridad. El horizonte útil de esta es de una década, pero es imprescindible fijar unos principios con vocación de continuidad y con revisiones quinquenales que marque la visión de España con relación al panorama estratégico y la orientación de las políticas a desarrollar.
La política de seguridad deberá estar basada en una serie de conceptos básicos como:
· Enfoque integral de las diversas dimensiones de la seguridad.
· Coordinación entre las Administraciones públicas y con la sociedad.
· Eficiencia en el uso de los recursos. El objetivo debe ser compatibilizar, en colaboración con nuestros socios y aliados, las necesidades de seguridad con márgenes presupuestarios.
· Anticipación y prevención de las amenazas y riesgos.
· Resistencia y recuperación de sistemas e instrumentos.
· Interdependencia responsable con nuestros socios y aliados.
La Estrategia identifica una serie de amenazas y riesgos. Hay muchos en los que los RV podríamos aportar nuestros conocimientos y experiencia durante los periodos de activación ordinarios y extraordinarios con motivo de posibles crisis.
El concepto de RV nace de la posibilidad de ejercer el derecho y el deber que todos los españoles tenemos, según el artículo 30 de la Constitución. A los RV nos activan para llevar a cabo programas de formación continuada o para prestar servicio en unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa. Aquellos que manifiestan su voluntariedad, pueden participar en actuaciones de las FAS en colaboración con las instituciones del Estado y las Administraciones públicas y participar en misiones en el extranjero de mantenimiento de la paz y la seguridad derivadas de acuerdos internacionales suscritos por España.
El hecho de acceder a la condición de RV supone la aceptación voluntaria de un compromiso de disponibilidad para incorporarse a las FAS, caso de ser requerido para ello, con el objeto de prestar servicio en función de unas capacidades, determinadas también por nuestra profesión civil.
La voluntariedad y disponibilidad son los dos pilares de la Reserva Voluntaria y conceptualmente, el modelo responde a:
· Hacer efectivo el derecho constitucional de defender a España.
· Fomentar y mantener lazos de unión con la sociedad.
· Asistir a las activaciones para llevar a cabo actividades de formación continuada.
· Complementar capacidades de las Fuerzas Armadas en determinadas áreas y puestos.
· Suplir carencias de especialistas en determinadas áreas.
· En caso de necesidad excepcional o crisis, generar fuerzas.
El modo de acceder a la condición de RV es mediante convocatoria pública de plazas en el Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire y los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, y para los empleos de alférez (RV), sargento (RV) y soldado o marinero (RV). Las pruebas de selección consisten en un concurso, un reconocimiento médico y un examen psicotécnico. Firmamos un compromiso inicial de tres años. Posteriormente, podemos firmar prórrogas sucesivas de igual duración con posibilidad de cambio de destino al renovar el compromiso. El límite de edad de permanencia es de 61 años para oficiales y suboficiales, y de 58 años para tropa y marinería.
El Nuevo reglamento de reservistas tras dos años de elaboración, tramitación y publicación vio la luz en marzo del 2011(Real Decreto 383/2011, de 18 de marzo). Se tuvieron en cuenta las propuestas de todos los Cuarteles Generales y organismos directivos del Ministerio de Defensa, y de aquellos Ministerios competentes en la materia. También se tuvieron en cuenta las observaciones de las asociaciones de reservistas con varios aspectos significativos:
· Se contempla el ascenso hasta los empleos de capitán (RV), brigada (RV) y cabo primero (RV). Vale el tiempo activado para instrucción y adiestramiento y el de prestar servicio en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa.
· Podremos ejercer funciones técnicas, logísticas, administrativas y docentes. La asignación de funciones operativas estará supeditada a nuestra experiencia, lo que será decidido por el jefe de la unidad de activación.
· Para las activaciones, se determinan las retribuciones e indemnizaciones de acuerdo con el Reglamento de retribuciones y el de indemnizaciones en vigor para los militares profesionales..
· Los Derechos de carácter laboral desarrollan lo establecido en el artículo 134 de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar. En especial lo que se refiere a las situaciones de incapacidad temporal en activaciones de distinto tipo, formación o servicio. Se contempla la compatibilidad de la percepción del subsidio de desempleo en los periodos de formación, de acuerdo con la Ley General de la Seguridad Social.
· La protección de Seguridad Social desarrolla el artículo 134 de la Ley de Carrera Militar y se añade el derecho a la reserva de plaza en el centro de estudios para los RV.
· Los funcionarios se activan mediante Servicios especiales y con la realización de convenios con las Administraciones públicas desarrollando la Ley 7/2007 del Estatuto del Empleado Público.
En la OTAN está más generalizado el empleo de la Reserva Voluntaria y, principalmente, se hace para cubrir determinados puestos y/o atender a necesidades de destinos que requieren una cualificación concreta. El modelo anglosajón de Reserva Regular, también llamado ejército paralelo, consiste en la constitución de unidades operativas completas dotadas con reservistas. Estas unidades pueden ser desplegadas incluso en operaciones en el exterior. La media de días de activación al año entre los países de la OTAN es de 25. Normalmente se trata de activaciones obligatorias, para instrucción y adiestramiento operativo, y en muchos casos, estas activaciones se producen en los fines de semana, en campos de instrucción con instructores militares. El empleo que se hace de estas reservas es basándose en una adecuada determinación de los puestos. En concreto:
o Estados mayores y planas mayores.
o Unidades logísticas.
o Sistemas de Información y Telecomunicaciones.
o Asuntos Civiles y Cooperación Cívico-Militar (CIMIC).
o Lingüistas y traductores.
o Sanidad.
El catálogo de puestos para reservistas se hace de acuerdo a las necesidades reales de las FAS en casos de crisis nacionales (hipotéticas), y sobre todo en base a las operaciones en curso en cada momento. Es muy normal el empleo del reservista en función de su especialidad civil, de manera que pueda contarse con ellos en operaciones en el exterior (médicos, ingenieros o técnicos en infraestructura para proyectos CIMIC, asesores políticos, diplomáticos, asesores culturales, etc.). Este es también el concepto de functional specialist que paulatinamente se va implantando en todos los paises OTAN.
Nuestro modelo es aun muy joven. Su andadura se inicia en el año 2003. Su consolidación depende de todos nosotros. El Ministerio de Defensa debería continuar con las convocatorias anuales para adquirir la condición de RV y con los Planes Anuales de Activación. Todo ello enmarcado en un planeamiento de recursos humanos, compatible con la eficiencia, a la hora de fijar el número de RV que sería deseable.
Es imprescindible, hacer frente a los dos principales problemas a los que se enfrenta el RV, el laboral y el social. Hay que hacer más para conseguir el apoyo de los empleadores y hay que hacer más para su reconocimiento por parte de la Sociedad y de las FAS. El Ministerio de Defensa debería promover el establecimiento de convenios de colaboración con representantes de los empleadores de RV, privados y públicos, agentes sociales y demás organismos competentes de las Administraciones públicas. Todo ello con la colaboración de Defensa y promoviendo la participación de representantes de los empleadores, de los propios reservista, de las FAS y de los organismos oficiales y particulares para establecer los apoyos necesarios. Es necesario difundir por el Ministerio de Defensa la información necesaria para que tanto los RV como sus empleadores conozcan sus derechos y obligaciones en las situaciones de disponibilidad y activado conforme a los Planes Anuales de Activación.
Es imprescindible una concienciación por parte de los militares profesionales para que confíen en el modelo y para ver a los RV como algo propio de las FAS. Hay que reconocer y valorar la labor realizada por los RESVOL, no hacerles perder el tiempo e integrarlos en la unidad, centro u organismo donde presten sus servicios o lleven a cabo sus programas de formación continuada. En el caso de la prestación de servicios, es preciso elaborar cuanto antes el catálogo de puestos para los RESVOL, para que tanto las unidades como ellos sean conscientes de su utilidad y la citada prestación sea eficiente. Los RESVOL no deben aspirar a ser militares profesionales. Deberíamos tener presente que nuestra incorporación a las FAS, aparte de ejercer un derecho constitucional, puede suponer nuestra incorporación en situaciones de crisis, si las necesidades de la defensa no pueden ser atendidas por militares profesionales. El Gobierno, en situaciones de crisis, incorporará, inicialmente, RESVOL y de Especial Disponibilidad.
Debemos continuar avanzando en la difusión del conocimiento de nuestras FAS y de la cultura de Defensa, área donde los RESVOL tenemos un enorme campo de actuación y donde estamos haciendo una digna labor, junto con nuestras asociaciones de reservistas.







1 Comments:

At 10:07 a. m., Blogger Tania said...

Buenos días, acabo de leer tu post...Muy interesante!

Voy a ponerme tu blog como favorito, es genial!!
Así que no dejes de informarnos, por favor, es muy interesante.

 

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